FUNCIONES - CNRH
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Son funciones del Consejo Nacional de Recursos Hídricos (Decreto Ejecutivo 871 del 25 de septiembre de 2003):
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Formular y determinar las políticas sobre las aguas en Ecuador
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Formular y aprobar el Plan Nacional de Uso de recursos hídricos de mediano y largo plazo que será incorporado en el Plan de Inversiones Públicas de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República .Todos los proyectos de uso de recursos hídricos, y de control de inundaciones, drenaje y contaminación de las aguas que se ejecuten con fondos o aquellos provenientes de préstamos con garantías del Gobierno Central, deberán ser aprobados por el CNRH. Diseñar y normar los parámetros y criterios comunes, incluyendo los de priorización, a los que se deban someter los proyectos de inversión pública en infraestructura del uso del agua en el país.
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Regular la administración de sistema de riego y normar la transferencia de esos sistemas a los usuarios. Estas normas incluirán las relativas al financiamiento, garantías y mecanismos de cobro de las inversiones que se transfieren, y las alternativas que se cumplen para los casos de incumplimiento de las obligaciones contraídas por los usuarios. Nota: Función Transferida al Instituto Nacional de Riego (INAR) mediante Decreto Ejecutivo 695 del 30 de Octubre del 2007.
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Establecer las políticas de recuperación de costos, mediante tarifas.
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Dictar normas para el manejo de cuencas hidrográficas en lo concerniente a los recursos hídricos.
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Realizar la auditoría de procedimientos y el seguimiento de la correcta inversión de los fondos asignados a las corporaciones regionales, dentro de los planes y el marco establecido por el Consejo Nacional de Recursos Hídricos. Asimismo, comprobará que se han aplicado adecuadamente los parámetros, criterios comunes y priorización de proyectos
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Designar al Secretario General.
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Aprobar los reglamentos Orgánico Funcional y los Internos que sean necesarios para el funcionamiento de la Secretaria General del CNRH.
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Normar el control de la calidad del agua que corresponde a las agencias y a las corporaciones regionales de desarrollo.
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Autorizar todo vertido de fluidos y ejercer el control de su calidad en coordinación con los organismos e instituciones competentes en la materia.
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Conocer y aprobar los planes, programas y presupuesto de la Secretaria General y evaluar su cumplimiento.
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Conocer y aprobar las contrataciones de empréstitos internos y externos
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Formular y determinar el Plan Nacional de Protección de Cuencas y Fuentes de los Recursos Hídricos.
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